En Ekotonia Consultores somos conscientes de la oportunidad de contratación de obras y servicios que representa la Administración Pública para las empresas. Por ello tramitamos Expedientes de Clasificación de Contratistas de obras o servicios para nuestros clientes.
Así pues, hoy vamos a hablaros sobre la clasificación de empresas contratistas de obras o servicios, quizás un aspecto algo desconocido, pero que es de gran relevancia para las empresas de cara a la Administración Pública.
¿Qué es la Clasificación Empresarial?
La clasificación empresarial es un requisito fundamental para contratos públicos con cantidades económicas elevadas. Es decir, supone el reconocimiento de la capacidad de la empresa para llevar a cabo estos contratos, así la clasificación supone una especie de “seguro” para las entidades públicas.
La clasificación la concede el Ministerio de Economía y Hacienda, valorando la experiencia en contratos similares, teniéndose en cuenta también, su personal técnico, su maquinaria y sus medios económicos. Es indefinida, pero tiene mantenimiento anual y trienal. Así, es necesario una revisión de forma anual del mantenimiento de la solvencia económica y financiera y cada tres años, de la solvencia técnica y profesional, asegurando así seguir acreditando lo descrito anteriormente.
¿Quién necesita la Clasificación?
Las empresas que pretendan contratar obras o servicios con las Administraciones Públicas, cuya cuantía por contrato sea igual o superior a 500.000 euros para contratos de obras y 200.000 euros para servicios.
La clasificación empresarial se expresa mediante tres conceptos: el grupo (que es una clasificación general de actividades), el subgrupo (que es una subdivisión dentro de un grupo general de actividades) y la categoría (que indica el límite máximo económico al que podrá licitar la empresa de acuerdo con el contrato).
Desglosando, de la forma más esquemática posible la clasificación, encontramos:
- Grupos de clasificación de empresas contratistas de obras:
- Grupo A. Movimiento de tierras y perforaciones.
- Grupo B. Puentes, viaductos y grandes estructuras.
- Grupo C. Edificaciones.
- Grupo D. Ferrocarriles.
- Grupo E. Hidráulicas.
- Grupo F. Marítimas.
- Grupo G. Viales y pistas.
- Grupo H. Transporte de productos petrolíferos y gaseosos.
- Grupo I. Instalaciones eléctricas.
- Grupo J. Instalaciones mecánicas.
- Grupo K. Especiales.
Para conocer los distintos subgrupos, puedes consultar el Art. 25 del RD 1098/2001 por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Las categorías asignadas a los contratos de estos grupos y subgrupos y que vienen determinadas por su anualidad media, son:
- Categoría A, cuando no sobrepase la cifra de 60.000 euros.
- Categoría B, cuando exceda de 60.000 euros y no sobrepase los 120.000 euros.
- Categoría C, cuando exceda de 120.000 euros y no sobrepase los 360.000 euros.
- Categoría D, cuando exceda de 360.000 euros y no sobrepase los 840.000 euros.
- Categoría E, cuando exceda de 840.000 euros y no sobrepase los 2.400.000 euros.
- Categoría F, cuando exceda de 2.400.000 euros.
- Grupos de clasificación de empresas contratistas de servicios:
- Grupo L. Servicios administrativos.
- Grupo M. Servicios especializados.
- Grupo N. Servicios cualificados.
- Grupo O. Servicios de conservación y mantenimiento de bienes inmuebles.
- Grupo P. Servicios de mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones.
- Grupo Q. Servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria.
- Grupo R. Servicios de transportes.
- Grupo S. Servicios de tratamientos de residuos y desechos.
- Grupo T. Servicios de contenido.
- Grupo U. Servicios generales.
- Grupo V. Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Para ver los subgrupos dentro de estos grupos, puedes consultar el Art. 37 del RD 1098/2001 por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Las categorías asignadas a estos grupos y subgrupos y que vienen determinadas por su anualidad media son:
- Categoría A, cuando sea inferior a 150.000 euros.
- Categoría B, cuando sea igual o superior a 150.000 euros e inferior a 300.000 euros.
- Categoría C, cuando sea igual o superior a 300.000 euros e inferior a 600.000 euros.
- Categoría D, cuando sea igual o superior a 600.000 euros.
¿Cómo se obtiene?
Para obtener la clasificación es necesario cumplimentar el expediente con la actividad (grupos y subgrupos) que se pretenda obtener, aportando también la documentación que se detalla en los formularios (características jurídicas, recursos, experiencia así como los avales financieros de la empresa, etc.).
Tanto la concesión como el estudio previo corresponden al organismo público del Registro de Contratos de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, siendo la Comisión de Clasificación correspondiente la que excede el expediente.
Ventajas de la Clasificación Empresarial
La clasificación empresarial puede ser una vía para acceder a nuevas oportunidades de negocios. Entre las ventajas, destacamos:
- Ampliar la cartera de clientes y aumentar la cifra de negocios
- Posibilidad de optar a concursos públicos
- Participación en UTE (unión temporal de empresas)
- Inscripción en el ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado
- Diferenciación
- Mejora de la imagen empresarial
Con todas estas ventajas, que una empresa esté inscrita en el Registro Oficial de Empresas Clasificadas, pueden presentarse ante potenciales clientes como una entidad mercantil profesional, solvente, eficiente y responsable.
¿Qué podemos ofrecerles en Ekotonia Consultores?
Desde Ekotonia, siempre y cuando su empresa pueda obtener el expediente como contratista, le ofrecemos nuestros servicios de asesoramiento y consultoría para conseguir la clasificación empresarial como contratista de su entidad, ya sea de obras o servicios.
Para ello, seguimos los siguientes pasos:
- Un estudio y análisis previo de las condiciones económicas y técnicas de la empresa.
- Procesamiento y posterior clasificación de las certificaciones de obra y/o servicios, y comunicación de un primer análisis de los grupos, subgrupos y categorías a obtener.
- Redacción de certificados recabando documentación de la empresa.
- Realización del expediente y su presentación.
- Seguimiento del estado del expediente hasta su resolución y posterior comunicación al cliente del resultado obtenido.
- Servicio de renovación de la clasificación.
¡Ya sabéis todo sobre la Clasificación Empresarial!
Estamos a vuestra total disposición si su empresa quiere conseguir ser clasificada ya sea como contratista de obras o de servicios. Si lo desea, aquí puedes contactarnos.
Y si tienes algún comentario, te contestaremos encantados.
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